Formulario I 864: ¿Qué país se considera como domicilio?

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El Formulario I-864 de Declaración Jurada de Patrocinio Económico es un documento fundamental que necesitan la mayoría de los inmigrantes que vienen por lazos familiares u oportunidades laborales. Esta declaración jurada asegura que el futuro inmigrante tendrá suficiente apoyo financiero a su llegada a los Estados Unidos.

El patrocinador que completa el formulario es responsable de demostrar su capacidad para apoyar financieramente al futuro inmigrante. Uno de los componentes esenciales de este Formulario I-864 es la sección "País de domicilio".

Se refiere al país donde resides permanentemente. Al completar el formulario, el patrocinador debe estar domiciliado en los EE. UU. El formulario requiere prueba de residencia en los EE. UU. Sin embargo, en casos excepcionales, una persona que reside en el extranjero puede reclamar un domicilio en los EE. UU.

Pautas para determinar el país de domicilio

Para reclamar un domicilio en los EE. UU., una persona generalmente debe residir dentro de los Estados Unidos, incluidos los territorios de los EE. UU. y el Distrito Colombino, y tener la intención de mantener una residencia principal en el país en el futuro.

Por lo tanto, la ubicación geográfica de la residencia de una persona dentro de los Estados Unidos no afecta su capacidad para reclamar un domicilio en los EE. UU.

  • Si un patrocinador reside en los EE. UU. y tiene un trabajo allí, su país de origen permanente a efectos legales se considera Estados Unidos.
  • Si un patrocinador trabaja fuera de los EE. UU. temporalmente pero tiene una casa en los EE. UU. y tiene la intención de regresar.
  • Un patrocinador que vive en el extranjero pero planea restablecer su residencia permanente en el país para cuando el inmigrante potencial sea admitido o se ajuste su estado puede reclamar un domicilio en los EE. UU. El factor clave es la intención de buena fe del patrocinador de regresar a los Estados Unidos como su residencia permanente.

Empleo Temporal: Todo lo que Necesitas Saber

Los patrocinadores que trabajan en el extranjero pueden enfrentar desafíos para demostrar su domicilio en los EE. UU. Sin embargo, ciertos tipos de empleo pueden establecer automáticamente su domicilio en los Estados Unidos, a pesar de trabajar fuera del país. Estos tipos de empleo que califican incluyen trabajar para:

  • Patrocinadores del Departamento de Estado de EE. UU., embajadas, consulados y militares
  • Trabajar con instituciones específicas de investigación reconocidas por el gobierno
  •  una corporación o empresa estadounidense dedicada al comercio exterior y al desarrollo del comercio con los EE. UU. o una de sus subsidiarias
  • organizaciones públicas internacionales en las que Estados Unidos participa a través de un estatuto o tratado 
  • El patrocinador realiza funciones ministeriales o sacerdotales en el extranjero para la denominación religiosa reconocida en los EE. UU.
  •  Si su única ocupación es el trabajo misionero para una denominación religiosa reconocida en los EE. UU.

Residir Temporalmente en Países Extranjeros

En algunos casos, los patrocinadores en el extranjero aún pueden reclamar el país como su domicilio. Para hacerlo, deben demostrar que su estadía en el extranjero es temporal y que han mantenido su hogar en los EE. UU. Esto requiere cumplir con criterios específicos, que incluyen:

  • Los patrocinadores deben demostrar que abandonaron el país por un período definido limitado.
  • Los patrocinadores deben demostrar su intención de mantener su residencia permanente en los Estados Unidos al partir.
  • Los patrocinadores deben proporcionar pruebas convincentes de sus vínculos continuos con el país.

Al proporcionar evidencia para establecer su domicilio en los EE. UU., los patrocinadores deben incluir prueba de que su visita o proyecto en el extranjero tenía una fecha de finalización específica, que tenían la intención de mantener sus lazos con el país y que continuaron manteniendo esos lazos después de su partida. .

Regreso a los EE. UU. y su conexión con el estado del domicilio

Si desea regresar a los EE. UU. pero tiene su domicilio en el extranjero, es posible presentar el Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio. Deben proporcionar evidencia de su intención de hacer de los Estados Unidos su hogar permanente y establecer su domicilio antes o en la fecha de admisión o ajuste de estatus del inmigrante.

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April 24, 2023

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El Formulario I-864 de Declaración Jurada de Patrocinio Económico es un documento fundamental que necesitan la mayoría de los inmigrantes que vienen por lazos familiares u oportunidades laborales. Esta declaración jurada asegura que el futuro inmigrante tendrá suficiente apoyo financiero a su llegada a los Estados Unidos.

El patrocinador que completa el formulario es responsable de demostrar su capacidad para apoyar financieramente al futuro inmigrante. Uno de los componentes esenciales de este Formulario I-864 es la sección "País de domicilio".

Se refiere al país donde resides permanentemente. Al completar el formulario, el patrocinador debe estar domiciliado en los EE. UU. El formulario requiere prueba de residencia en los EE. UU. Sin embargo, en casos excepcionales, una persona que reside en el extranjero puede reclamar un domicilio en los EE. UU.

Pautas para determinar el país de domicilio

Para reclamar un domicilio en los EE. UU., una persona generalmente debe residir dentro de los Estados Unidos, incluidos los territorios de los EE. UU. y el Distrito Colombino, y tener la intención de mantener una residencia principal en el país en el futuro.

Por lo tanto, la ubicación geográfica de la residencia de una persona dentro de los Estados Unidos no afecta su capacidad para reclamar un domicilio en los EE. UU.

  • Si un patrocinador reside en los EE. UU. y tiene un trabajo allí, su país de origen permanente a efectos legales se considera Estados Unidos.
  • Si un patrocinador trabaja fuera de los EE. UU. temporalmente pero tiene una casa en los EE. UU. y tiene la intención de regresar.
  • Un patrocinador que vive en el extranjero pero planea restablecer su residencia permanente en el país para cuando el inmigrante potencial sea admitido o se ajuste su estado puede reclamar un domicilio en los EE. UU. El factor clave es la intención de buena fe del patrocinador de regresar a los Estados Unidos como su residencia permanente.

Empleo Temporal: Todo lo que Necesitas Saber

Los patrocinadores que trabajan en el extranjero pueden enfrentar desafíos para demostrar su domicilio en los EE. UU. Sin embargo, ciertos tipos de empleo pueden establecer automáticamente su domicilio en los Estados Unidos, a pesar de trabajar fuera del país. Estos tipos de empleo que califican incluyen trabajar para:

  • Patrocinadores del Departamento de Estado de EE. UU., embajadas, consulados y militares
  • Trabajar con instituciones específicas de investigación reconocidas por el gobierno
  •  una corporación o empresa estadounidense dedicada al comercio exterior y al desarrollo del comercio con los EE. UU. o una de sus subsidiarias
  • organizaciones públicas internacionales en las que Estados Unidos participa a través de un estatuto o tratado 
  • El patrocinador realiza funciones ministeriales o sacerdotales en el extranjero para la denominación religiosa reconocida en los EE. UU.
  •  Si su única ocupación es el trabajo misionero para una denominación religiosa reconocida en los EE. UU.

Residir Temporalmente en Países Extranjeros

En algunos casos, los patrocinadores en el extranjero aún pueden reclamar el país como su domicilio. Para hacerlo, deben demostrar que su estadía en el extranjero es temporal y que han mantenido su hogar en los EE. UU. Esto requiere cumplir con criterios específicos, que incluyen:

  • Los patrocinadores deben demostrar que abandonaron el país por un período definido limitado.
  • Los patrocinadores deben demostrar su intención de mantener su residencia permanente en los Estados Unidos al partir.
  • Los patrocinadores deben proporcionar pruebas convincentes de sus vínculos continuos con el país.

Al proporcionar evidencia para establecer su domicilio en los EE. UU., los patrocinadores deben incluir prueba de que su visita o proyecto en el extranjero tenía una fecha de finalización específica, que tenían la intención de mantener sus lazos con el país y que continuaron manteniendo esos lazos después de su partida. .

Regreso a los EE. UU. y su conexión con el estado del domicilio

Si desea regresar a los EE. UU. pero tiene su domicilio en el extranjero, es posible presentar el Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio. Deben proporcionar evidencia de su intención de hacer de los Estados Unidos su hogar permanente y establecer su domicilio antes o en la fecha de admisión o ajuste de estatus del inmigrante.

Última actualización 04/24/23 10:33:12AM

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